CONSEJOS DE EVALUACIÓN DOCENTE

Funciones

Las funciones de los Consejos de Evaluación Docente son:

  • Evaluar los expedientes de los docentes y emitir los informes confidenciales de resultados en los que se hará constar la calificación obtenida. Los profesores y profesoras no conformes con la valoración podrán presentar, en el plazo estipulado, la correspondiente reclamación ante la Comisión de Revisión de la Evaluación Docente.
  • Elevar al Vicerrectorado de Profesorado la lista de profesores y profesoras con evaluación Excelente, que cumplan con los requisitos merecedores del Premio UMH al Talento Docente.
  • Remitir los informes finales derivados de las evaluaciones al Vicerrectorado de Profesorado.
  • Asesorar a la Vicerrectora en lo relativo a la evaluación docente del PDI.
  • Proponer a la Comisión de Seguimiento del Programa Docentia-UMH  las posibles mejoras del proceso de evaluación

Composición

  • Presidente

– Común en las 3 ramas académicas
– Al menos 3 quinquenios

  • Secretario

– Común en las 3 ramas académicas
– Al menos 3 quinquenios

  • Vocales (4)

– Específicos para cada rama académica
– Al menos 2 quinquenios

  • Representante de los estudiantes

– Específico para cada rama académica

Ramas académicas UMH

  • Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanidades.
  • Ciencias Experimentales y Enseñanzas Técnicas.
  • Ciencias de la Salud.

Protocolo de actuación

Los Consejos de Evaluación Docente deben emitir su juicio apoyándose en las Fuentes de Información.

Los Consejos de Evaluación Docente contarán, durante el desarrollo del proceso de evaluación, con el apoyo técnico del Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social. Este Servicio se encargará de formar el expediente completo de cada profesor o profesora, comprobando que la información remitida sea completa y conforme con los criterios del Programa DOCENTIA-UMH.

Recibidos los expedientes, los Consejos de Evaluación Docente procederán de acuerdo con el protocolo de valoración específico definido en Fuentes de Información. El Jefe del Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social asistirá a las reuniones de los Consejos de Evaluación Docente, con voz, pero sin voto.

Los Consejos de Evaluación Docente se reunirán cuantas veces sea necesario. Adoptarán sus decisiones por unanimidad o por mayoría. El voto será indelegable y secreto. En caso de empate, éste se dirimirá con el voto de calidad del Presidente. El Secretario de los Consejos levantará y custodiará el acta de las reuniones.

El Servicio de Profesorado, Nómina y Seguridad Social, custodiará los expedientes evaluados y notificará de manera individual a cada profesor los resultados de la evaluación, mediante la remisión de los Informes Confidenciales, de acuerdo con el procedimiento previsto y dentro de los plazos estipulados al efecto.

Informes de Evaluación

Informe Final del Consejo de Evaluación Docente